Trámite: Solicitud de compensación

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  • Descripción
    En virtud del artículo 71 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, se contempla la posibilidad de la compensación entre los créditos reconocidos por el Ayuntamiento o sus Organismos Autónomos a favor de quien ostente deudas que deba cobrar este Ayuntamiento.

    La compensación provoca la extinción de la deuda y el crédito “hasta el importe en que coincidan”, sin embargo, para que esto se produzca es necesario que tanto en las deudas como en los créditos “concurran los requisitos establecidos con carácter general en la normativa tributaria y civil o, en su caso, en la legislación aplicable con carácter específico”.(Art. 56.5 del Reglamento General de Recaudación, RD 939/2005, de 29 de julio)

    El artículo 72 contempla la posibilidad de que sea el propio interesado el que solicite dicha compensación a la Administración. Para ello, se facilita un formulario de solicitud de compensación que puede descargarse de la página web del Ayuntamiento.
  • Normativas
    (1) Nombre o Razón Social. En el caso de persona jurídica habrá de consignarse el nombre de la Sociedad o Entidad, nunca el nombre comercial o nombre del Director, Gerente o Apoderado, que en todo caso se pondría a continuación.
    En caso de persona física deberá consignarse primero los apellidos y a continuación el nombre.
    (2) Firmas. En el caso de persona jurídica se exigirá la firma del representante/s legal/es, así como el sello de la Entidad.
    (3) Estado de la deuda: Se consignará, siempre que se conozca, la situación del procedimiento de recaudación en que se encuentra la deuda, en cuento a si está dentro del período voluntario o ya ha entrado en el período ejecutivo.
    (4) Listado de recibos/liquidaciones o créditos reconocidos: En el caso de que no sea suficiente espacio para consignar las deudas o los créditos a compensar se podrá entregar listado complementario que se entregará junto al presente impreso.
    (5) Los datos habrán de ser cumplimentados a máquina o con letra clara y legible.
    (6) El impreso cumplimentado, deberá ser presentado por duplicado en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Cáceres o remitido a la siguiente dirección:

    AYUNTAMIENTO DE CACERES.
    Plaza Mayor s/n.
    10003 CACERES
  • Gestor
    Negociado de Pagos
    Plaza Mayor s/n (Entrada Gran Vía)
    10.003 - Cáceres
    Horario al público: de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas
    Teléfono: 927 255762
    Fax: 927 255854
  • Normas para cumplimentar el documento
    Una vez cumplimentado, se deberá presentar en el Registro del Ayuntamiento, y se procederá a la tramitación del correspondiente expediente en Tesorería, donde podrán presentarse como interesados en cualquier momento del procedimiento para ser informados del estado del mismo.