El pleno del Ayuntamiento ha aprobado por unanimidad la Ordenanza de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos de la ciudad, que incluye una serie de actualizaciones y situará a Cáceres como referente en la gestión de residuos, una ciudad preocupada por el medio ambiente y en cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

La ordenanza tiene por objeto la regulación de la limpieza y el ornato de la vía pública en lo referente al uso por los ciudadanos, y las acciones de prevención encaminadas a evitar el ensuciamiento de la misma; la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios; y la gestión de los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos generales en la industria.

Incluye la gestión de los residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria; y el control de la producción, de la gestión y del destino de los residuos generados en el desarrollo de obras y actuaciones de construcción y demolición, sometidos a intervención administrativa municipal previa.

En la ordenanza se establece la obligación de evitar y prevenir el ensuciamiento de la ciudad, así como la producción innecesaria de residuos.

En ella también se contempla que el Ayuntamiento pueda establecer ayudas económicas y reconocimiento de beneficios fiscales en los tributos locales, para quienes disminuyan la producción de residuos.

Se incluye además que se prohíbe la limpieza de veladores y mesas situadas en la vía pública arrojando las servilletas, papeles o envoltorios al suelo. En el caso de que caigan o se arrojen al suelo, serán recogidas en el mismo momento por el propietario de los veladores o mesas.

Tampoco se permite el riego de plantas, si con ello se producen derramamientos o goteos sobre la vía pública. Se podrá efectuar el riego en el horario comprendido entre las 24 horas de la noche y las 8 horas de la mañana siguiente, y siempre con las debidas precauciones para no producir molestias.

Los cigarros, cigarrillos, colillas y puros u otras materias encendidas deberán apagarse y depositarse en las papeleras o en los ceniceros que hubiera habilitados a tal efecto, y en la vía pública; queda prohibido facilitar cualquier tipo de alimento a animales salvo lugares autorizados por el Ayuntamiento, y se prohíbe también el abandono de todo tipo de excremento de animales en la vía pública, en caso de miccionar los animales el propietario o portador deberá disolver los orines con agua o producto adecuado.

En cuanto a la limpieza de zonas afectadas por diversas actividades de negocio, quienes estén al frente de quioscos de prensa, helados flores y otros, máquinas expendedoras, cajeros automáticos, puestos ambulantes, estancos, loterías, terrazas de cafés, bazares, bares y restaurantes, así como locales en general, caracterizados por la venta de artículos susceptibles de producir residuos y envoltorios desechables, están obligados a mantener limpia el área afectada por su actividad. Esta obligación será exigible, tanto a la apertura y cierre de la actividad, como durante el funcionamiento de la misma.

La colocación de carteles y adhesivos se efectuará únicamente en los lugares autorizados, con excepción de los casos permitidos por la Autoridad Municipal; no está permitido colocar elementos publicitarios en los edificios incluidos en el Catálogo Histórico Artístico de la Ciudad o en los Bienes de Interés Cultural, y se prohíbe la colocación de carteles, adhesivos o cualquier soporte publicitario sobre paramentos de edificios, monumentos, fuentes, obras públicas, elementos de mobiliario urbano, y otros elementos del espacio público.

 También se recoge en la ordenanza la gestión de los biorresiduos, residuos biodegradables de jardines y parques, residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, oficinas, restaurantes, mayoristas, comedores, servicios de restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor; así como, residuos comparables procedentes de plantas de procesado de alimentos. Son residuos alimentarios todos los alimentos que se han convertido en residuos.

A partir de la instalación de los contenedores o forma de recogida de los biorresiduos generados en los hogares o asimilables a estos, se deberán separar en origen y depositar, en bolsas biodegradables o según establezca el ayuntamiento, en los contenedores o sistemas equivalentes identificados a tal fin y ubicados en los domicilios de los usuarios o en sus proximidades, en concreto, en el contenedor identificado con el color marrón.

Mientras no se recoja la materia orgánica (biorresiduos) de forma separada, ésta se depositará junto con ‘otros residuos’ en los contenedores con tapa verde, donde no se podrán depositar residuos para los que haya establecido algún sistema de recogida selectiva obligatorio.

La Ordenanza se configura como un instrumento que pretende articular la corresponsabilidad pública y privada en la protección del entorno urbano y la calidad medioambiental, por ello, muchas de sus normas presuponen un espíritu cooperativo por parte de los ciudadanos, como en las estrategias de recogida selectiva de residuos o de limpieza del municipio.

Esta solidaridad colectiva es a la vez fundamento y expresión de principios medioambientales ya ampliamente reconocidos en el ámbito comunitario, y acogidos en nuestra normativa interna, tales como el de “quien contamina paga”, lo que se traduce en la obligación que compete al responsable de daños medioambientales de devolver los recursos naturales afectados a su estado original, sufragando en su totalidad los costes que ello suponga.

El concejal de Servicios Públicos, Andrés Liceran, ha destacado que nace fruto del consenso y ha agradecido a los grupos de la corporación y a los concejales no adscritos su trabajo.

Ha recordado que ha sido sometida a un proceso participativo, y recoge aportaciones de diferentes asociaciones y organizaciones, así como de Asociaciones de Vecinos.

Asimismo, en el Pleno se ha aprobado por unanimidad el estudio de detalle que hará posible la ampliación del Palacio de Justicia, “una actuación deseada, que supondrá una importante inversión en la ciudad así como creación de puestos de trabajo y generación de riqueza, respondiendo además a una demanda de todo el sector de la justicia en la ciudad”, ha destacado el concejal de Urbanismo, José Ramón Bello.

Se ha aprobado también la cesión gratuita del inmueble situado en la calle Olmos para que continúe el Museo de la Historia del Movimiento Obrero en Extremadura, “que aumenta la riqueza y la diversidad de opciones en los museos de la ciudad, y además se satisface una demanda histórica dado que este edifico perteneció a UGT y fue confiscado en época franquista”.

 Se ha aprobado también por unanimidad la modificación de la ordenanza de accesibilidad para adaptarla al nuevo marco normativo de las tarjetas de estacionamiento y plazas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, “es relevante por la necesidad de introducir mejoras en todo lo que tiene que ver con la accesibilidad en nuestra ciudad, y también para este colectivo ya que habrá un mayor control de las tarjetas y será más difícil hacer un mal uso de ellas”, ha destacado la concejala de Asuntos Sociales, María José Pulido.