Hago saber y pongo en conocimiento que de acuerdo con la circular del Excmo. Sr. Gobernador Civil sobre Campaña Antirrábica obligatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 26 de febrero de 1981, para cuantas personas posean perros de edad superior a tres meses la obligación que tienen de someterles a la vacunación antirrábica anual, la que se les efectuará junto con la desparasitación interna, por los veterinarios titulares del municipio en las clínicas veterinarias y lugares donde tradicionalmente se vienen efectuando.

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